Hoja informativa: Enmiendas a la Ley de Petróleo y Gas de Nuevo México (HB 133) 

Proyecto de ley 133 de la Cámara de Representantes enmendaría la Ley de Petróleo y Gas para proteger mejor el medio ambiente de las operaciones de petróleo y gas, garantizaría mejor que las compañías de petróleo y gas limpien y recuperen adecuadamente la infraestructura de petróleo y gas, disuadiría las violaciones de la ley aumentando las sanciones civiles y codificaría un metano 98%. convertir en ley el requisito de residuos para garantizar la viabilidad a largo plazo de las principales normas estatales sobre metano a nivel nacional promulgadas en 2021.

De acuerdo a Sidney Hill, del Departamento de Energía, Minerales y Recursos Naturales de Nuevo México, la Ley de Petróleo y Gas “ya no contiene todas las herramientas necesarias para supervisar la industria actual y garantizar una protección ambiental sólida”.

En todo Nuevo México, aproximadamente 1.700 pozos de petróleo y gas huérfanos y abandonados también amenazan nuestra aire, tierra y agua. Los operadores de petróleo y gas proporcionan bonos estatales como garantía financiera para financiar la obstrucción y limpieza de pozos si una empresa cierra o abandona un sitio. El costo promedio de conectar un soltero pozo supera los $100.000, lo que hace que el límite máximo de “bonos generales” existente en la Ley de Petróleo y Gas de $250.000 (que se aplica incluso si una empresa posee cientos de pozos) sea tremendamente inadecuado. Este nivel de bonos inadecuado significa que los contribuyentes estatales, no las compañías de petróleo y gas, son los que deben financiar la limpieza de pozos huérfanos y abandonados.

Además, la HB 133 protege contra el creciente problema de los pozos huérfanos y abandonados al proporcionar nueva autoridad para que el estado bloquee la transferencia de activos de petróleo y gas, cuando una empresa tiene un "historial significativo de incumplimiento de la Ley de Petróleo y Gas o sus normas". o el cesionario que pretende adquirir los activos “carece de capacidad financiera suficiente para gestionar los pasivos asociados con pozos o instalaciones de petróleo y gas”.

HB 133 protegería mejor a los contribuyentes de Nuevo México y salvaguardaría nuestro aire, tierra y agua al:

  • Aumentar el límite de los bonos generales para la limpieza y taponamiento de pozos de $250.000 a $10 millones.
  • Aumentar las sanciones civiles por infracciones de $2.500 por día a $10.000 por día, y aumentar las sanciones por infracciones graves de $10.000 por día a $25.000 por día.
  • Eliminación del límite de $200,000 en sanciones civiles totales acumulativas,
  • Actualización de tasas administrativas para el día 21S t siglo y permitiendo futuros ajustes por inflación. Se permitiría a la División de Conservación de Petróleo aplicar esas tarifas a la transparencia y el cumplimiento,
  • Proporcionar nueva autoridad al Estado para bloquear la transferencia de activos de petróleo y gas cuando el cesionario presente un riesgo de abandono.

Antes de que el comité examinara la HB 133, se presentó un proyecto de ley sustituto que eliminaba disposiciones de importancia crítica para proteger la salud pública y el agua. Apoyamos modificar el proyecto de ley sustituto para reinsertar estos retrocesos:

  • Requerir un retroceso mínimo de 2250 pies para la nueva infraestructura industrial de extracción de petróleo y gas de viviendas ocupadas, escuelas, instalaciones de salud, instalaciones correccionales, edificios residenciales multifamiliares y colegios comunitarios.
  • Requerir un retroceso mínimo de 660 pies de nueva infraestructura de petróleo y gas a partir de valiosos recursos hídricos como arroyos, estanques, humedales y acequias perennes e intermitentes.
  • Requerir un retroceso mínimo de 300 pies de nueva infraestructura de petróleo y gas desde aguas superficiales no mencionadas anteriormente, parques estatales, tierras de la comisión estatal de caza y hábitat crítico para especies en peligro de extinción.
  • Proporcionar a la División de Conservación de Petróleo del estado autoridad para fortalecer los retrocesos basados en evidencia científica, y
  • Permitir que la División de Conservación de Petróleo del estado designe pozos antiguos dentro de áreas de retroceso que han estado inactivos durante dos años como abandonados y ordenar el taponamiento del pozo.

Los reveses no se aplicarían a la infraestructura existente de petróleo y gas, ni a las tierras tribales asignadas ni a las tierras tribales en función de la autoridad soberana de los pueblos nativos sobre sus propias tierras.

Nuevo México no tiene ninguna protección contra retrocesos para las personas o el medio ambiente, y estas protecciones mitigarían el daño causado por la proximidad de las instalaciones de producción de petróleo y gas a escala industrial a los lugares donde la gente vive, aprende y trabaja.

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